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Economía

El Tribunal de la UE respalda la autonomía fiscal del País Vasco

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea reconoció ayer la capacidad del País Vasco para rebajar el impuesto de sociedades, siempre que el Estado no intervenga para compensar posibles caídas de los ingresos de Euskadi. El organismo comunitario no entra a valorar los criterios de cálculo del Cupo, cuya vigilancia corresponde, en su opinión, al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

El Tribunal de la UE respalda la autonomía fiscal del País Vasco
El Tribunal de la UE respalda la autonomía fiscal del País VascoEFE

Tras más de una década de enfrentamientos cruzados entre Madrid, Vitoria y Bruselas, por un lado, y entre los tres territorios vascos y las comunidades autónomas colindantes, por otro, la máxima instancia judicial de la UE dictaminó ayer que el País Vasco dispone de la autonomía fiscal suficiente para variar, entre otros capítulos tributarios, el tipo del impuesto de sociedades vigente en el resto del Estado.

La sentencia supone una clara victoria del Gobierno de Euskadi y las tres diputaciones del País Vasco, después de cinco reveses consecutivos en Luxemburgo. Hasta ahora, los jueces siempre habían condenado los regímenes fiscales selectivos ideados por las autoridades vascas para atraer inversiones empresariales a su territorio.

Pero esta vez el juicio tenía mucho mayor alcance, porque no apuntaba a una medida concreta, sino a todo el ordenamiento vigente, incluido el Concierto Económico Vasco y el sistema de Cupo la tasa que se paga al Estado por los servicios que éste realiza en la autonomía.

El fallo reconoce la capacidad para rebajar el impuesto de sociedades

El ataque en los tribunales comunitarios al régimen fiscal vasco procedía de los gobiernos de Castilla y León y de la Rioja, regiones limítrofes que temían la fuga de empresas hacia Euskadi. A esas hostilidades legales se había sumado la Comisión Europea, que acusaba a las autoridades vascas de no asumir las consecuencias financieras de sus rebajas fiscales y, por tanto, de violar las normas europeas sobre ayudas de Estado.

La Comisión incluso atacó durante el juicio el sistema de cálculo del Cupo, responsable, según Bruselas, de que Álava, Vizcaya y Guipúzcoa contribuyan menos de lo que deberían a las cargas del Estado.

El Tribunal, sin embargo, no se ha dejado arrastrar hacia esta injerencia en el ordenamiento interno de un Estado miembro. Y ha reconocido que Euskadi cumple los criterios de autonomía institucional y de procedimiento necesarios para tomar medidas de carácter fiscal como la rebaja del impuesto de sociedades.

En cuanto al criterio económico y financiero, los jueces comunitarios no se declaran competentes para juzgar 'si el coeficiente de imputación del Cupo fue calculado correctamente o está infravalorado'.

Luxemburgo remite esa cuestión al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, pero advierte que, incluso si hubiera una infravaloración, ese dato no sería suficiente para deducir que el País Vasco carece de la autonomía necesaria para fijar sus propios impuestos. Para llegar a esa conclusión, dicen los jueces, 'debe existir una compensación, es decir, una relación de causa -efecto entre la medida tributaria adoptada por las autoridades forales y los importes puestos a cargo del Estado español'. Esa posibilidad la debe vigilar, en todo caso, las autoridades judiciales vascas.

También rechazan el argumento de la Comisión sobre posibles transferencias ocultas, a través de la Seguridad Social o del Fondo de Compensación Interterritorial. Dicen que 'el mero de hecho de que existan no basta para demostrar que el País Vasco no asume las consecuencias financieras de las medidas fiscales que adoptan'. En Vizcaya y Álava el impuesto de sociedades es del 28%, y del 32,6% en Guipúzcoa. En el territorio común es del 30%.

Reacciones

Pedro Solbes. El Cupo es otra cosa. El vicepresidente económico declaró ayer que el Cupo no tiene nada que ver con la autonomía fiscal de Euskadi. La posición del Gobierno ante los tribunales comunitarios se ha basado en la defensa de que el Cupo se calcula en función del coste de las competencias del Estado en la comunidad autónoma. Y en esos cálculos no se tiene en cuenta en absoluto la fiscalidad vasca, donde cada diputación legisla sus tributos y los recauda.Juan José Ibarretxe. Espaldarazo desde Luxemburgo. El lendakari Juan José Ibarretxe calificó ayer la decisión del Tribunal de Luxemburgo de 'espaldarazo' a la autonomía fiscal de los territorios forales. Reclamó a socialistas y populares que cesen en sus 'ataques' al Concierto Económico y dejen de promover recursos desde otras comunidades en donde gobiernan en mayoría o en coalición. Ibarretxe compareció ayer en rueda de prensa, junto a los tres diputados generales.Confebask. El final de los litigios. La patronal vasca deseó que la sentencia comunitaria de ayer ponga fin a los litigios en torno al Concierto Económico, para superar la 'inseguridad jurídica' que ha afectado a las normas fiscales en los últimos años. La patronal vasca subrayó que la sentencia favorece la utilización del sistema fiscal de Euskadi 'como instrumento al servicio del desarrollo económico-empresarial', de gran utilidad en la actual crisis.La Rioja. En busca de un pronunciamiento. Pedro Sanz, presidente del Ejecutivo riojano, afirmó que buscará en los tribunales nacionales un pronunciamiento 'definitivo' sobre la fiscalidad vasca, y que llamará a la puerta del Gobierno de España, que cree que es 'parcial' en esta materia. La Rioja sigue considerando que los tipos impositivos de Euskadi 'son contrarios al derecho comunitario y nacional'. Desde Navarra, por contra, se aplaudió la decisión comunitaria.

Un rosario de sentencias contrarias a los incentivos de las diputaciones

Hasta ayer, la fiscalidad vasca se había estrellado en los tribunales comunitarios. En 1999, la UE consideró que los incentivos de Álava a las inversiones de Daewoo y Ramondín eran ayudas de Estado.También declaró incompatibles las vacaciones fiscales de las diputaciones, que concedían un crédito fiscal del 45% de la inversión total y una rebaja de la base imponible del Impuesto de Sociedades para nuevas empresas.Tampoco aceptó la exención del impuesto de sociedades a la empresas creadas en la anterior etapa de crisis, entre 1993 y 1994.

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