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Mercado laboral

PwC cree que se puede despedir a 20 días si caen los beneficios

Los expertos de PricewaterhouseCoopers en materia laboral consideran que la reforma aprobada es peor que la que se dibujó en su borrador. Afirman, no obstante, que la ley permite aplicar el despido indemnizado con 20 días sin necesidad de incurrir en pérdidas, sólo con una caída de beneficios.

La aspiración de reformar el mercado laboral es tan constante como la de llegar a la final del Mundial de fútbol", ilustraba ayer el ex ministro de Administraciones Públicas, y actual consejero de PricewaterhouseCoopers, Jordi Sevilla. En su opinión, no obstante, nunca se ha conseguido dar una solución real a la "rigidez del mercado de trabajo" ni avanzar hacia el objetivo de que el "85% del empleo sea estable". Respecto a la norma que se acaba de sacar adelante, Sevilla sostuvo que se trata de "uno de esos casos en los que los borradores son mejores que el texto aprobado". "Es seguro que la ley que salga del Parlamento será mejor que la que entró", aventuró.

Desde su punto de vista, la clave está en "hacer que el contrato indefinido sea más atractivo que el temporal para el empresario, y más que el paro para un desempleado". De entre las opciones disponibles para lograrlo, Sevilla destacó el abaratamiento del coste del despido, y reclamó a los sindicatos que acepten que se haga, al igual que lo hicieron en 1997. Entonces, agentes sociales y Gobierno consensuaron el contrato de 33 días, limitado para ciertos colectivos. Un modelo que al ser generalizado ahora en la práctica, ha suscitado la convocatoria de una huelga general.

Cambio clave

Pese a esta facilidad, la aplicación del despido por causas objetivas, indemnizado con 20 días de salario por año trabajado, sigue siendo la clave de la reforma. El nuevo articulado que recoge el Estatuto de los Trabajadores, permite, según los expertos de PwC, aplicarlo sin necesidad de incurrir en pérdidas económicas. "La norma habla de que los resultados arrojen una situación económica negativa", expuso Marta Alamán, socia de Landwell-PwC. "Dada la doctrina del Tribunal Supremo, que habla de mantener el equilibrio de la empresa, bastaría con una mala evolución de los beneficios que pueda solventarse mediante despidos para aplicar el barato", argumentó. Una jurisprudencia, continuó, que también invita a considerar "la falta de liquidez" como causa objetiva para la rescisión de contratos.

Aun así, el catedrático de Derecho del Trabajo y socio de PwC, Miguel Rodríguez-Piñero Royo entiende que las divisiones contractuales que conlleva la reforma segregan más el mercado y "complican todos los procesos, lo que llevará al empresario a optar de nuevo por el despido exprés". æpermil;ste tiene un coste de 45 días, pero es inmediato y no necesita ser justificado.

Rápido pero no flexible

"El único paso que da la nueva reforma laboral hacia la flexibilidad es en la reducción de plazos", criticaba ayer la socia de Landwell PwC Ana Hernández Iglesias. Se refería al tiempo con el que cuenta la empresa para cambiar las condiciones laborales de sus trabajadores. Antes, el periodo mínimo para hacerlo era de 15 días. Una cifra que se convierte ahora en el tope máximo para llevarlo a cabo. El problema, sostuvo Hernández, es que la nueva ley obliga a las empresas en las que los empleados no cuenten con representación a acudir a los sindicatos más representativos. "Hay un plazo de 5 días, dentro de esos 15, para nombrar representantes. Es imposible que se cumpla a tiempo".

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