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Deducción fiscal

Hacienda pone en internet un programa de ayuda para aplicar la deducción de 400 euros

Las numerosas dudas que la nueva deducción fiscal de 400 euros ha planteado a los empresarios ha obligado a la Agencia Tributaria a colgar a partir de hoy en su página web (www.aeat.es) un programa informático de ayuda para el cálculo de las retenciones que tendrán que practicar a sus asalariados.

La devolución fiscal de 400 euros a través del IRPF supondrá en la práctica una devolución parcial de 200 euros en la nómina de junio, a cobrar en julio por la mayoría de los trabajadores. Los 200 euros restantes se prorratearán en las siguientes nóminas hasta final de año. Sin embargo, aquellos trabajadores a los que se les retenga habitualmente por debajo de esos límites, recibirán sólo una parte proporcional de la deducción, sin que, en ningún caso, se supere lo retenido por la Agencia Tributaria.

Además del nuevo programa de cálculo de las retenciones, el organismo que dirige Luis Pedroche ha enviado una carta a los empresarios explicándoles las líneas principales del procedimiento para que la deducción de los 400 euros tenga efecto en las retenciones sobre los rendimientos del trabajo.

En la misiva, la Agencia Tributaria precisa que en junio y con carácter excepcional se establece una deducción lineal de hasta 200 euros de las retenciones o ingresos a cuenta aplicadas sobre cualquier tipo de rendimiento de trabajo que se satisfaga, excluidos aquéllos sobre los que deba aplicarse siempre un tipo fijo de retención.

A partir de julio, la disminución de las retenciones, hasta alcanzar los 400 euros anuales, se produce a través de una reducción del tipo de retención aplicable, que pasará a tener dos decimales. La Agencia Tributaria recalca que la citada reducción afectará a todas las rentas del trabajo, a excepción de aquellas para las que esté establecido un tipo mínimo.

La disminución del tipo de retención es independiente de que el trabajador perciba rendimientos del trabajo de otra empresa, por lo que no estará obligado a hacer ninguna comunicación al respecto.

Para resolver las dudas a contribuyentes y empresarios, la Agencia Tributaria ha habilitado un teléfono de información y asistencia técnica (901 335 533).

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