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El mercado de trabajo estrena condiciones

El Gobierno salva la reforma laboral con una severa censura parlamentaria

La hemeroteca pasa factura y ayer todos los partidos de la oposición echaron mano de ella para poner colorado al Gobierno en la aprobación definitiva en el Congreso de la reforma laboral. Acaba de nacer un texto que no se parece en nada a lo que José Luis Rodríguez Zapatero prometió en 2009, cuando esbozó por primera vez los objetivos que pensaba pactar con sindicatos y empresarios, condición imprescindible, dijo entonces, para que la reforma fuera eficaz.

El Gobierno salva la reforma laboral con una severa censura parlamentaria
El Gobierno salva la reforma laboral con una severa censura parlamentariaEFE

El pesimismo con el que todos los grupos de la oposición recibieron el nacimiento de una reforma que, en su opinión, no servirá para crear empleo, fue matizado por Zapatero en los pasillos del Congreso. El presidente aconsejó esperar varios meses para ver los efectos de la nueva ley. Uno de sus contrincantes en el 35 Congreso, habitual azote parlamentario de su antiguo partido, Rosa Díez, fue la primera en leerle la cartilla: "El 93% de los nuevos contratos, los que se han hecho estando ya en vigor esta reforma, son temporales, el porcentaje más alto de nuestra historia".

La misma secuencia crítica fue seguida por el resto de los grupos parlamentarios. El PP, CiU, PNV y el ala izquierda del hemiciclo coincidieron en un mismo diagnóstico: la reforma servirá para despedir más barato, pero no para crear empleo. El portavoz del nacionalismo vasco en este debate, Emilio Olabarría, sentenció: "Es una reforma hija de un fracaso, el del diálogo social, y de un sucedáneo, semifracasado también, que es el parlamentarismo, pues ha resultado insuficiente para llegar a los puntos de equilibrio que posibiliten un solo voto positivo diferente al que ha proporcionado el PSOE". En efecto, la nueva ley fue ayer bendecida en solitario, y con escaso entusiasmo, por los socialistas.

En diciembre de 2009, Zapatero prometió públicamente que la reforma entraría de lleno en la negociación colectiva y en una profunda revisión de las bonificaciones a la contratación. Admitió, además, que había que hacerla con el consenso de empresarios y sindicatos porque de lo contrario resultaría inútil. Y añadió como línea roja que nunca permitiría el abaratamiento del despido. Ayer, los grupos de la izquierda y de la derecha recordaron a la bancada azul, asistida durante el debate con la única presencia del aun ministro Corbacho, que nada de eso se ha cumplido y que ha sido la actitud del Gobierno la que ha alentado la convocatoria de una huelga general, ahora en fase de precalentamiento. Hasta CiU, por boca del diputado Carles Campuzano, comprende la actitud de las centrales. "La reforma ha sido fruto de la indolencia del Gobierno. Eso va a condicionar su eficacia y nos va a conducir a una huelga en la que respetamos la posición de los sindicatos", dijo.

El PSOE se queda solo en la defensa del texto de la ley

En el último minuto de la tramitación parlamentaria, para debilitar precisamente la protesta sindical, el PSOE ha jugado a suavizar la reforma, mediante iniciativas muy dudosas. Por ejemplo, ayer obtuvo el apoyo de IU y de ERC para eliminar la enmienda introducida por el PNV en el Senado que desvinculaba el despido objetivo individual motivado por absentismo laboral del nivel de absentismo global en la plantilla. En adelante, una conducta laboral reprochable, la del absentista profesional que sufren numerosas empresas, seguirá estando blindada a no ser que pertenezca a una plantilla en la que el índice de absentismo supere el 2,5%. El PSOE se ha opuesto a suprimirlo. Los socialistas, ayudados por la izquierda, eliminaron ayer la enmienda que condicionaba la obligación de contratar indefinidamente en la empresa a aquellos trabajadores con tres años de actividad encadenada a que hubieran ocupado el mismo puesto. Esta condición regirá aunque hayan desempeñado distintas funciones.

Cambios clave de la nueva normativa

 

Limita el contrato de obra e indemniza más al temporal

Dentro de las intenciones iniciales del Gobierno de reducir la dualidad laboral entre fijos y temporales, la reforma penaliza la contratación eventual. Para ello se limita la duración de los contratos de obra o servicios un máximo de tres años, ampliable doce meses por convenio colectivo sectorial. Transcurridos estos plazos el trabajador pasará a ser fijo.Asimismo, se amplia progresivamente de ocho a doce días la indemnización por finalización de contrato temporal, ganando un día por año hasta 2015.Por otra parte, el Fogasa pagará 8 días de las indemnizaciones de despido por causas objetivas. Y se bonifican las cotizaciones en el caso de reducciones de jornadas alternativas a despidos, para incentivar el conocido como modelo alemán.

Se concretan las causas para alegar despido objetivo

Se concretan las causas para poder alegar un despido objetivo (con una indemnización de 20 días por año con tope de 12 mensualidades).Se dan causas económicas "cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos, que puedan afectar a su viabilidad o a su capacidad de mantener el volumen de empleo".Causas técnicas: cuando se produzcan cambios en el ámbito de los medios o instrumentos de producción; organizativas: cuando afecten al ámbito de los sistemas y métodos de trabajo personal; y productivas: si hay cambios en la demanda de los productos o servicios que fabrica la empresa.

Facilita el uso del contrato con despido de 33 días

La reforma amplía, hasta casi su generalización, el uso del contrato de fomento de la contratación indefinida (con despido de 33 días por año trabajado y un tope de 24 mensualidades). Con el texto nuevo sólo hay un colectivo al que no se le puede aplicar: los hombres de entre 30 y 45 años que lleven menos de un mes en el desempleo. Aunque sí incluyen a este grupo si el trabajador ha sido despedido teniendo un contrato fijo o sólo a tenido contratos temporales en los dos años previos. Además, cuando este contrato se extinga por causas objetivas y sea declarado improcedente, la indemnización será de 33 días por año. Hasta ahora en este caso se decretaba el pago del la indemnización máxima (45 días por año trabajado con tope de 42 mensualidades).

Cambian las condiciones de trabajo con acuerdo

La nueva norma acorta el periodo para negociar la movilidad geográfica. El plazo pasa de ser "no inferior a quince días" a "una duración no superior a 15 días". En cuanto al resto de las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, se amplían las situaciones para recurrir a ellas. A las actuales se añade: "para prevenir una evolución negativa de la empresa". También se limita el periodo de negociación a quince días. Y se fija que las condiciones reguladas por los convenios colectivos se podrán cambiar siempre con acuerdo entre empresa y trabajadores. Queda excluida la modificación de la jornada fijada en convenio sectorial. A cambio, se crean más exigencias de consulta a los trabajadores y se refuerza su representatividad.

Exhaustiva regulación de los descuelgues salariales

Hasta ahora la ley sólo decía que los convenios superiores a los de empresa fijarían las condiciones para que la empresa no aplicara las subidas salariales pactadas. Ahora, el nuevo texto sólo exige un "acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores" para adoptar esta inaplicación. Antes se permitían los descuelgues salariales sólo si la subida pactada dañaba la "estabilidad económica" de la empresa; ahora esto se amplia al daño de "la situación y perspectivas económicas (...) y al mantenimiento del empleo". Y el pacto de inaplicación retributiva deberá incluir el plan de recuperación de las condiciones salariales y no podrá exceder ni la vigencia del convenio ni tres años. Las partes deberán aceptar un laudo en caso de desacuerdo.

Amplía el negocio de las ETT y otros planes de futuro

Desde el 1 de abril de 2011 las empresas de trabajo temporal podrán celebrar contratos con la Administración Pública, la construcción y otras profesiones de riesgo. Esto requerirá de desarrollo reglamentario y de la finalización de los convenios vigentes. La norma establece el nuevo plan de bonificaciones empresariales. Entre los cambios legales a futuro, el Gobierno se compromete a elaborar un plan de recolocación para la construcción; a reformar las prestaciones por desempleo; a evaluar anualmente el efecto de las bonificaciones o a diseñar en un año un sistema de capitalización del seguro de paro, sin aumentar las cotizaciones. Y se rebaja a 30 días el plazo en el que el parado puede rechazar una oferta formativa sin ser penalizado.

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