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El Gobierno endurece las penas por delito urbanístico y fiscal

El Gobierno endurecerá las penas por cohecho, delitos urbanísticos y fiscales. Así, promotores, constructores o técnicos que levanten una obra ilegal se arriesgarán a cuatro años de cárcel. La pena máxima para el fraude tributario más grave pasa de cuatro a seis años y la prescripción se amplía de cinco a diez años.

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El Gobierno endurece las penas por delito urbanístico y fiscal. La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, junto al ministro de Justicia, Francisco Caamaño. - EFE

Jaume Viñas - Madrid - 14/11/2009

El Consejo de Ministros aprobó el viernes una de las mayores reformas del actual Código Penal, vigente desde 1995. Además de incluir nuevos delitos -piratería, acoso laboral o tráfico de órganos,- se endurece el castigo contra los delincuentes de cuello blanco.

El Código Penal contemplaba penas de hasta tres años de cárcel para aquellos "promotores, constructores o técnicos directores" que realizaran obras ilegales. Ahora, se incrementarán hasta los cuatro años de prisión. Además, "los jueces deberán imponer multas de hasta el triple de la cuantía del beneficio obtenido y las ganancias que logre el delincuente se decomisarán siempre".

El Ministerio de Justicia apunta que, "por primera vez", los funcionarios y cargos públicos que amparen obras ilegales podrán ser sancionadas penalmente. El nuevo Código Penal incrementará el control sobre el sector público y el privado. Así, la definición de corrupción se amplía los particulares. Es decir, las prebendas ofrecidas entre personas en el ámbito privado para obtener una ventaja ilegítima tendrá la misma consideración que el cohecho.

Por otra parte, como reclamaban los inspectores de Hacienda, se endurecerá el delito fiscal. La pena de prisión se amplía de los cuatro a los seis años y también el plazo de prescripción, que se incrementa de los cinco a los diez años. Los funcionarios de Hacienda pedían esta medida porque es común descubrir grandes fraudes tributarios muchos años después de haberse cometido. Por otra parte, Francisco de la Torre, portavoz de la Organización de Inspectores de Hacienda, apunta que más allá del incremento de las penas, lo más importante es articular una forma para que Hacienda pueda cobrar la deuda evadida.

Actualmente, cuando la Agencia Tributaria descubre a un contribuyente que ha defraudado con "dolo" -intencionadamente- más de 120.000 euros envía el caso a la Fiscalía y se inicia un procedimiento penal. Ello implica detener las actuaciones administrativas y Hacienda debe esperar a que el juez dicte sentencia para recuperar el dinero defraudado. Un tiempo que suele alargarse años y permite muchas veces a los delincuentes deshacerse de sus bienes y declararse insolventes. El nuevo Código Penal permitirá que la vía judicial no suponga la paralización de la recuperación de la deuda por vía administrativa.

Más responsabilidad penal

También por primera vez se podrá exigir responsabilidad penal a las empresas, al igual que sucede con las personas físicas. Así, una compañía que cometa actos delictivos podrá ser multada, inhabilitada o incluso disuelta. Ello ya sucede en países como el Reino Unido, Francia o Suecia.

Las principales novedades de la reforma del código penal

TERRORISMO

Sin prescripción Un acto terrorista con resultado de muerte o que ocasione graves lesiones no prescribirá. Además, se incluye en el Código Penal el "adiestramiento, captación o adoctrinamiento" en grupos terroristas. Por otro lado, violadores, pederastas y terroristas podrán ser sometidos a control judicial durante los diez años posteriores de su salida de prisión. Y se evitará que puedan residir cerca de sus víctimas.

PIRATERÍA

15 años de cárcel. Por primera vez el Código Penal incorporará el delito de piratería, que podrá suponer hasta 15 años de cárcel. La inclusión de este nuevo delito ya estaba previsto en el anteproyecto de reforma, es decir, no guarda relación con el secuestro del buque Alakrana.

Por otro lado, los jueces podrán decretar la expulsión de delincuentes extranjeros cuando las penas de cárcel impuestas sean inferiores a seis años.

ACOSO INMOBILIARIO

Fines especulativos. La legislación penal incorporará, dentro del capítulo de delitos de torturas y contra la integridad moral, el acoso inmobiliario, producido la mayor parte de las veces con "fines especulativos para forzar que alguien se vaya de su casa", ya sea propia o arrendada. Por ello, se podrán imponer penas de hasta dos años de cárcel. La misma sanción se establece para el acoso laboral, que también se introducirá en el Código Penal.

SOBORNO DEPORTIVO

Nuevo delito. La reforma del Código Penal incluye como novedad "las conductas más graves de corrupción en el deporte", como los sobornos llevados a cabo por miembros y colaboradores de entidades deportivas o por los propios deportistas o árbitros. Con ello, se endurece la normativa de una práctica que siempre ha existido en el deporte. Sin embargo, las apuestas por internet han incrementado las sospechas acerca de los amaños de partidos.


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