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Impuestos

España es el país de la UE que más ingresa con el IVA de tipo reducido

El tipo general del 16% del IVA sólo se aplica sobre el 42% de la base imponible total del impuesto. Es decir, el resto, el 58%, se grava con los tipos reducidos o superreducidos. España es, de largo, el país de la UE que aplica con más intensidad los gravámenes por debajo del tipo general.

Todos los Estados de la UE tienen cierta potestad para decidir qué productos gravan con el tipo general del IVA y cuales con el reducido o el superreducido. Según un estudio de la UE, al que ha tenido acceso CincoDías, España es el país en el que un menor número de cuotas de IVA se gravan con el tipo general. Y viceversa, es el país que más aplica los tipos reducidos, fijados en España en el 7% y el 4%.

Las diferencias con el resto de Estados no son pequeñas (ver gráfico). Así, mientras en España el 42% de la base imponible se grava con el tipo general, en el Reino Unido el porcentaje asciende hasta 80% y, en Alemania, el 82%.

Esta circunstancia se explica, en parte, porque bienes como la vivienda de nueva construcción -que supone uno de los principales gastos en la vida de un consumidor final- en España se grava al 7%o al 4% en casos de pisos de protección oficial.Un tipo relativamente bajo si se compara con el 17,5% que se aplica en el Reino Unido o el 19,6% en Francia. Por otra parte, España es de los países de la UE que mantiene un tipo general más bajo (16%).

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Sólo Chipre y Luxemburgo gozan de un gravamen inferior, del 15%, que es el mínimo fijado por la normativa europea. Ahora, también Gran Bretaña, de forma temporal, ha reducido el IVA del 17,5% al 15%, unamedida que persigue incentivar el consumopero que, demomento, no parece que haya dado los resultados perseguidos.

El director general de Tributos, Jesús Gascón, asegura que la capacidad del Gobierno para aprobar cambios de peso en el IVA es limitada. Por un lado, si se plantea reducirlo, sólo se puede disminuir un punto. Tal posibilidad parece poco probable. En primer lugar, es discutible que en un momento en que los contribuyentes tienden al ahorro, una reducción de los impuestos indirectos impulsará el consumo. Por otro lado, la recaudación por IVA está cayendo de forma exponencial -un 33,8% en el primer cuatrimestre-, situación que se agravaría más con una reducción de los tipos.

¿Y subir el IVA y rebajar las cotizaciones sociales, tal y como piden organizaciones empresariales? Poco probable también. Gascón da tres motivos: acentuaría aún más la caída del consumo, podría crear inflación y aumentar la elusión fiscal. De hecho, el fraude en el IVA es uno de los temas que periódicamente se abordan en Bruselas, donde Alemania ha pedido repetidamente simplificar la tributación para evitar los llamados fraudes carrusel.

En estos momentos, en el seno de la UE se discute la posibilidad de presentar un "paquete IVA verde", de "contenido difuso", en palabras de Gascón, que permitiría aplicar un IVA reducido a productos relaciones con la energía limpia. Sin embargo, toda reforma fiscal de carácter comunitario requiere de la unanimidad de los Estados miembros y, por tanto, sacar adelante cualquiermodificación normativa se convierte a veces en una odisea.

Entre otros, Alemania se opone al "paquete IVA verde" ya que una de las primeras medidas que adoptó Angela Merkel al alcanzar la cancillería fue aumentar el IVA del 16% al 19%, una decisión políticamente costosa que temen que quede desvirtuada si aumenta la posibilidad de utilizar los tipos reducidos.

De hecho, Alemania también se opuso -aunque finalmente cedió- a que la hostelería formara parte de la lista de productos a los que se puede aplicar un IVA reducidos, tal y como pedía Francia. Tal medida no afecta a España, ya que cuando ingresó en la UE ya pidió aplicar un IVA por debajo del general en los servicios de restaurante.

Así, mientras en una ciudad española un café se grava con el 7%del IVA, en París se aplica el 19,6%. Aunque a partir de julio, tras el visto bueno del Consejo de Ministros de Finanzas de la UE, Francia fijará un IVA en la hostelería del 5,5%. Ello supondrá que el turismo español pierda una de las ventajas competitivas que mantenía con su vecino. Un ejemplo más de cómo hay que se competitivos también con los impuestos.

Dificultad de tributar cuando se cobre la factura

Es una tradicional y vieja petición de los empresarios: abonar el IVA a Hacienda cuando se cobren las facturas y no en el momento de emitirlas, como sucede ahora. La petición, que tiene más sentido que nunca en momentos en que los problemas de tesorería afectan hasta a las industrias más rentables, se está discutiendo en la UE en el marco de una directiva sobre la facturación.Sin embargo, con la legislación actual, el Gobierno podría pedir permiso a la UE para que ciertos sujetos pasivos con carácter excepcional utilizaran el criterio de caja en el IVA, es decir, pagar el IVA al fisco sólo cuando se cobra la factura. Sin embargo, las complicaciones técnicas que ello supondría para Hacienda hace que no sea osado predecir que tal petición no se realizará, al menos, en el marco de la actual legislación.Además, Gascón apunta que si España lo pidiera, lo más probable es que Bruselas diera largas a su solicitud ya que actualmente se está hablando sobre la incorporación del criterio de caja en toda la UE. Aun así, que nadie empiece a echar las campanas al vuelo. Si en los Gobiernos nacionales ya es difícil sacar adelante reformas fiscales, en la UE -donde cada uno de los 27 Estados miembro defiende su postura particular- las negociaciones tienden a alargarse y las propuestas más ambiciosas suelen acabar en reformas mínimas. En cualquier caso, es innegable que para las empresas el criterio de caja supondría un alivio.Para paliar la situación actual, el Gobierno aprobó a finales del año anterior rebajar de 24 meses a un año, el plazo para solicitar a Hacienda la devolución del IVA abonado pero que finalmente no se ha cobrado.

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