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Línea de crédito

El Consejo de Ministros autoriza que España preste hasta 4.140 millones al FMI

El Consejo de Ministros aprobó hoy el acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del acuerdo de préstamo entre España y el Fondo Monetario Internacional (FMI) por un importe de hasta 4.140 millones de euros, cuya firma autorizó el Gobierno el pasado 2 de octubre.

Se trata de una línea de crédito con un plazo inicial de dos años de la que el Fondo puede disponer de un máximo de 4.140 millones de euros y cuyos desembolsos se denominarán en derechos especiales de giro (DEG).

El plazo comenzará el día en que el FMI comunique la recepción de la notificación de que el acuerdo ha sido adecuadamente ratificado. El Fondo puede extender el plazo de este préstamo, previa aceptación de España, por periodos de un año hasta un máximo de un total de cuatro años.

El empeoramiento de la situación económica internacional ha resultado en un fuerte aumento de la demanda de préstamos de los países al Fondo, lo que ha incrementado la tensión sobre los recursos del FMI.

Para garantizar que los países en desarrollo siguen recibiendo flujos de capitales y mantener la confianza en el sistema financiero, el G-20, en su cumbre del pasado 2 de abril, acordó triplicar los recursos de la institución internacional hasta los 750.000 millones de dólares (500.232 millones de euros).

A corto plazo se proveerán 250.000 millones de dólares (166.744 millones de euros) a través de préstamos bilaterales, que se ampliarán posteriormente hasta 500.000 millones de dólares (333.488 millones de euros).

La Unión Europea, en el Consejo Europeo de primavera de los días 19 y 20 de marzo, se comprometió a realizar una aportación conjunta de 75.000 millones de euros, contribución que se ha repartido entre los países miembros con una posición sólida de balanza de pagos, en función de su cuota en el Fondo, por lo que a España le corresponde aportar 4.140 millones de euros.

Los términos y condiciones del contrato se han negociado de manera coordinada entre los países miembros de la Unión Europea y del Fondo, de forma que las condiciones generales del acuerdo son las mismas, con la excepción de algunos detalles, en todos los préstamos bilaterales subscritos por los países de la Unión Europea.

El Banco de España hará efectivos los desembolsos relacionados con este préstamo bilateral. Esta operación se recogerá en el Balance del Banco de España.

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