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Alquileres

Comienza la era del desahucio exprés

Luz verde a la ley de medidas de fomento del alquiler

Uno de los talones de Aquiles de la economía española, según todos los expertos nacionales e internacionales, es la ausencia de un mercado de alquiler de vivienda lo suficientemente atractivo como para que resulte una verdadera alternativa a la propiedad. Las últimas cifras hechas públicas por el departamento que dirige Beatriz Corredor estiman que en la actualidad sólo el 13% de los hogares reside en régimen de alquiler, frente a un promedio superior al 40% en los principales países de Europa.

La cifra, pese a ser todavía exigua comparada con los países del entorno europeo, representa un importante avance, ya que en 2006 ese porcentaje apenas alcanzaba el 11%.

Con el objetivo de seguir incrementando la oferta de inmuebles para arrendar, el Ejecutivo logró ayer sacar adelante en el Senado la Ley de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios, que supone la puesta en marcha de medidas para agilizar los procesos de desahucio y flexibilizar las condiciones por las que los caseros podrán recuperar sus viviendas. Se trata de que de una vez por todas los llamados desahucios exprés sean una realidad.

Agilización de trámites

Una de las modificaciones más importantes que se introduce ahora es la posibilidad de que los propietarios de una casa en alquiler puedan disponer de nuevo de ella para que sea utilizada por sus hijos y familiares en primer grado, es decir, padres y cónyuges en los supuestos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial, siempre que así se haya hecho constar expresamente en el contrato con el objetivo de evitar fraudes. Esta reforma conllevará cambios en la Ley de Arrendamientos Urbanos. Además, a partir de la entrada en vigor de esta nueva ley, podrán acogerse al ámbito del juicio verbal determinados procedimientos de reclamación de rentas a los inquilinos morosos, haciéndolos más rápidos y sencillos que el juicio ordinario.

Se simplifican y acortan también los plazos y trámites que deberán respetar los propietarios para iniciar la reclamación de rentas, así como los mecanismos de comunicación. De este modo, cuando el casero no logre contactar con su arrendatario para informarle acerca del inicio de un procedimiento de desahucio por falta de pago o por expiración legal del plazo del contrato, se procederá, sin más trámites, a fijar la cédula de citación en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.

En este sentido, en todos los casos de desahucio se apercibirá al demandado en la citación que, de no comparecer a la vista, se declarará el desahucio sin más trámites y quedará citado para recibir la notificación de la sentencia el sexto día siguiente a contar desde el señalado para la vista. Superado el trámite del Senado, ya sólo resta la última aprobación en el Congreso.

Facilidades para mejorar la eficiencia energética

Otra de las cuestiones que aborda la norma aprobada ayer en el Senado es la reforma de la ley de propiedad horizontal, encaminada a incrementar la eficiencia energética de los edificios.Así, y a partir de la entrada en vigor de esta nueva normativa, cada vez que una comunidad de propietarios pretenda renovar sus instalaciones para mejorar la eficiencia energética o hídrica del inmueble, para llevar a cabo el proyecto será necesario el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. Los acuerdos adoptados obligarán a todos los propietarios.Si los equipos o sistemas que vayan a instalarse sólo tienen un aprovechamiento privativo, para la adopción del acuerdo bastará el voto favorable de un tercio de los integrantes de la comunidad. La ley contempla también una circunstancia que el Gobierno prevé que en poco tiempo sea cada vez más habitual.Y es que si una comunidad de propietarios quisiera instalar en el aparcamiento del edificio un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, "sólo se requerirá la comunicación previa a la comunidad de que se procederá a su instalación.El coste de la misma será asumido íntegramente por los interesados directos en ella". El Ejecutivo trata con esta iniciativa de frenar el impacto que tiene el sector de la edificación en el consumo energético. En la actualidad, la construcción residencial absorbe aproximadamente el 17% de toda la energía final consumida en España. La aprobación ayer de esta ley se suma, por tanto, a los avances que se espera lograr con la puesta en marcha de las nuevas especificaciones contenidas en el Código Técnico de la Edificación.

La cifra

13% del mercado de vivienda español se encuentra en la actualidad en régimen de alquiler, mientras la media europea se sitúa por encima del 40%.

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