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Efe - Bruselas - 04/04/2006
El Ejecutivo comunitario ha iniciado hoy procesos sancionadores a 17 de los Veinticinco estados miembros, a causa de la incorrecta transposición de las legislaciones nacionales a las directivas comunitarias para la apertura del mercado eléctrico (17 países) y del gas (11 países). En el caso español, la apertura del proceso se basa en la mala aplicación de esa legislación y, en concreto, por el mantenimiento de las tarifas reguladas, según ha declarado el portavoz de Energía de la Comisión Europea, Ferrán Tarradellas.
En cuanto a la ley anti-EdF, el Ejecutivo comunitario considera que esta norma impone restricciones injustificadas a la libre circulación de capitales que vulneran el Tratado de la UE. España ya modificó la citada normativa el 30 de diciembre de 2003 tras la apertura de un primer procedimiento de infracción en 2001. Sin embargo, la Comisión consideró que los cambios realizados no eran suficientes, puesto que daban a las autoridades amplios poderes discrecionales para decidir autorizar o no el ejercicio de los derechos de voto en empresas energéticas españolas por parte de entidades públicas.
Apertura de procesos contra 17 países
Además de España, recibirán cartas de emplazamiento Austria, Bélgica, la República Checa, Alemania, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Lituania, Letonia, Polonia, Suecia, Eslovaquia y Reino Unido. Todos estos países contarán con un plazo de dos meses para responder. Asimismo, Bruselas ha acordado denunciar a España y a Luxemburgo ante el Tribunal de la UE -el último paso en un procedimiento de infracción- por no haber comunicado las medidas nacionales para implementar en sus países las citadas directivas.
La Comisión sigue revisando la situación de Portugal y Hungría, para evaluar si su legislación está conforme con las directivas europeas. El Ejecutivo de la UE recuerda que la aplicación correcta de las directivas de liberalización de los mercados del gas y la electricidad es esencial para la creación de un mercado interno de la energía eficiente y competitivo. Las dos normas, promulgadas en 2003, establecían la apertura de los mercados de gas y electricidad a los clientes industriales (dos tercios de los consumidores) desde el 1 de julio de 2004, de manera que, a partir de esa fecha, pudieran elegir libremente suministrador.
La segunda fase comenzará el 1 de julio de 2007, cuando la apertura se amplíe a los usuarios domésticos. Según la Comisión, los principales problemas detectados en la transposición de las directivas por parte de los estados se centran en la persistencia de precios regulados, lo que dificulta la entrada de nuevos operadores; la falta de separación entre las actividades de transmisión y distribución, así como la discriminación en el acceso de terceros a las redes y las tarifas poco transparentes.
También encuentra dificultades en lo relativo a la libertad de elección de suministrador; los poderes de los reguladores, sobre todo en la fijación de tarifas para el acceso a la red; el acceso preferencial recogido en ciertos contratos de largo plazo y los fallos en la notificación de las obligaciones como servicio público y en la información sobre el origen de la electricidad.
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