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La garantía de los depósitos bancarios

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16/06/2012 - 07:00

La pregunta recurrente que muchos ahorradores se hacen es si está seguro el dinero en los bancos, ante la posible agitación que puede provocar en los mercados la crisis griega, y la posibilidad, muy remotamente considerada por las autoridades de Bruselas, de poner limitaciones al movimiento de capitales en Grecia. En todos los países de la Unión Europea han existido siempre mecanismos de protección de los depósitos de los ahorradores, reforzados desde que comenzó la crisis. Los depósitos en dinero, valores y otros instrumentos financieros constituidos en entidades están garantizados por ley hasta un máximo de 100.000 euros por persona y entidad. Es el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) en España -que ha servido en la presente crisis para cubrir posibles pérdidas de las entidades adjudicadas en proceso de subasta- quien se encarga de esa cobertura, que se activaría solo en el improbable caso de una quiebra bancaria. La referencia más reciente de aplicación de las garantías se remonta a 2003, con la quiebra de Eurobank del Mediterráneo. El secretario general de la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae), Fernando Herrero, recuerda que el dinero se reintegró a los ahorradores en un plazo de entre tres y cinco meses.

Cuando se produce la declaración administrativa que acredita la imposibilidad de devolver los fondos, el FGD identifica los datos de los depositantes, procede a corroborar las cifras y realiza el desembolso.

Para aquellos que, en cualquier caso, quieren eludir el riesgo de un control de capitales, la alternativa más directa es la apertura de una cuenta bancaria fuera de España, que es perfectamente legal. Para ello, es necesario cumplimentar un formulario DD1 que se entrega en el Banco de España y es el que comunica la apertura y cierre de cuentas en el exterior. Hay obligación de informar al Banco de España, rellenando y presentando el formulario DD2, de los movimientos de cuentas abiertas en el exterior cuya suma exceda de los 600.000 euros. De todos modos, estos formularios se cumplimentan a posteriori; es decir, son informativos y no de autorización, aunque son de cumplimiento obligatorio.

Félix González, socio director de Capitalia Familiar, propone una fórmula alternativa: "Se puede invertir en un fondo monetario de una gestora internacional, con pasaporte comunitario". La mayoría de los fondos con pasaporte comunitario están domiciliados en Luxemburgo e Irlanda, por cuestiones fiscales. Esto implica además que el depósito de las posiciones del fondo también está en el extranjero, con lo que se elude totalmente el riesgo de restricciones monetarias en el país.

Adicae asegura que un control de capitales solo se podría imponer en el caso de que España abandonara el euro, un escenario no planteado. El coste de permitir que la divisa europea salte por los aires es mayor que el de la ayuda que necesitan los socios en dificultades, una premisa que tienen presente los líderes europeos, pese a sus desencuentros.


Comentarios

  • 1 susana - 31-10-2012 -17:53:48h

    ¿que ocurre si no informas al BDE tras los 30 dias de apertura de la cuenta en el extranjero?

  • 2 jubilado - 16-06-2012 -18:08:35h

    Cuando estamos hablando del FGD supongo que nos estamos refiriendo a la garantía del dinero depositado en las entidades bancarias con un máximo de 100000 euros por depositante y entidad, y 200000 por los dos elementos que compongan la unidad familiar.En primer lugar decir que la mayorìa de los depòsitos de esas cantidades ya hace tiempo que dejaron la contabilidad de los bancos para trasladarse, bien al extanjero(alemania) o bien a las cajas fuertes tanto de los bancos solventes(Santander, BBVA y La Caixa), como a las particulares en las viviendas.Los industriales del ramo han visto aumentar las ventas de cajas de seguridad, desde hace unos meses.El problema del dinero, desde siempre, para quíenes lo tienen que no son muchos, es el miedo a perderlo ,aunque sea una mínima parte, porque si por medio punto de interés anual cambian de entidad, que no hacer cuando lo ven en peligro aunque éste sea remoto.Una vez el miedo metido en el cuerpo de los ahorradores, que sólo pueden ser como he dicho antes muy pocos,toca que las actuaciones de los mercados se normalicen para que vuelvan a realizar los depósitos en las entidades bancarias.Desde hace tiempo me pregunto como quedaría la liquidez, que no solvencia,de la mayoría de los bancos si los impositores, en un porcentaje de un 10%, fuesen todos los días(durante 10) a sus cajeros retirando parte de lo poco o mucho que mantienen en sus cuentas. Me contesto, con temor a equivocarme, creo que una gran mayoría tendrían que cerrar sus cajeros por falta de liquidez y es ahí donde tendrían que volver a intervenir el banco de España, con ayuda del BCE, para aportársela.Las cuentas en un banco se cuadran a base de activos que entran con pasivos que salen, cuando este equilibrio se rompe ,con el tiempo ,a favor del segundo, el banco encalla empujado por la corriente.Lo que se corrobora con el dicho: sacar y no meter es menguar y no crecer. Hasta que se agota y se acabó lo que se daba con la intervención o quiebra.

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