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La CNMV endurecerá los criterios para autorizar las emisiones de deuda

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) alertará a los clientes bancarios de las emisiones de deuda subordinada o participaciones preferentes que las entidades pretendan venderles con condiciones "claramente desfavorables" respecto a las ofrecidas a inversores institucionales.

Efe - Madrid - 17/02/2009

Así lo ha hecho saber el supervisor de los mercados en una carta remitida a las patronales de los bancos (AEB), las cajas (CECA), las cooperativas de crédito (UNACC) y las cajas rurales (AECR), en la que profundiza en los elementos que verificará en las emisiones de renta fija que realicen las entidades y vendan a su clientela.

Debido a las características observadas en las recientes emisiones, el organismo dirigido por Julio Segura avisa de que incluirá una advertencia expresa al público en los documentos informativos y en el folleto del producto cuando sus condiciones sean perjudiciales para el inversor particular respecto a otros productos similares colocados entre profesionales.

El supervisor hace especial hincapié en los aspectos que deben abordar los informes independientes que acompañan las emisiones de deuda, cuyo fin es determinar si las condiciones del producto destinado a clientes particulares son equiparables a los que debería tener para tener una buena colocación entre los inversores institucionales.

Esos informes, que tendrán que se presentados necesariamente cuando no haya tramo minorista, deberán manifestar de forma "expresa" si el precio o el diferencial del producto "se ajusta a las condiciones existentes en mercados mayoristas y a la de productos comparables",

La CNMV se reserva el derecho a contactar con los expertos que hayan elaborado los informes que, cuando adolezcan de una "calidad insuficiente" o contengan "valoraciones sesgadas a favor" de la entidad emisora y puedan inducir a confusión a los inversores, podrán no ser incluidos en el folleto del producto o ser aportados con una advertencia negativa.

La CNMV también podrá exigir a la entidad financiera que aporte informes de otros expertos para poder contrastar las manifestaciones del documento remitido.

En cualquier caso, el supervisor recuerda que es "imprescindible" que los informes se elaboren con una "estricta independencia de criterio y que tomen en consideración todos los posibles inputs para determinar si las condiciones de emisión son de mercado".

En concreto, los informes deberán recoger las emisiones recientes de otros competidores bancarios con un rating homogéneo y los datos relevantes de las cotizaciones y las operaciones del mercado secundario, además de la valoración de emisiones similares elaborada por el experto que redacta el documento.

El organismo avisa de que, al analizar el informe, extremará la comprobación por si pudiese existir información que pueda proporcionar indicios engañosos sobre ese instrumento financiero.



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