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Potestad

La CNMV podrá censurar la publicidad de emisiones privadas

La CNMV podrá censurar la publicidad de emisiones privadas
La CNMV podrá censurar la publicidad de emisiones privadasPABLO MONGE

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) va a ampliar su ámbito de actuación más allá de sus competencias tradicionales. El organismo regulador del mercado español tendrá potestad para censurar la publicidad sobre productos y servicios de inversión que no se ajusten a la normativa y que puedan llevar a confusión o engaño al cliente, aunque se trate de emisiones que no necesiten de un folleto aprobado por la CNMV.

De acuerdo con un proyecto de orden ministerial del Ministerio de Economía y Hacienda, sometida a audiencia pública hasta el próximo 11 de noviembre, la "CNMV tendrá la potestad administrativa de requerir la cesación o rectificación de la publicidad que no se ajuste a la normativa reguladora de los instrumentos, productos y servicios de inversión" de las entidades que se encuentran bajo su supervisión. Además, también podrá influir en la publicidad de actividades financieras de entidades no sujetas a su supervisión o de ofertas de venta o suscripción de valores de las que no se haya registrado folleto informativo. Es decir, tendría potestad legal sobre la publicadad referente a la emisión de pagarés de Nueva Rumasa, sobre la que la CNMV ya ha lanzado reiteradas advertencias. En este caso, el organismo podrá requerir que tales anuncios incluyan la advertencia explícita que aclare la ausencia de supervisión y la recomendación a los inversores para que recaben información adicional sobre las características del producto de inversión.

El proyecto de orden ministerial, que prevé su desarrollo en forma de circular de la CNMV, señala que la publicidad "deberá ser clara, imparcial y no engañosa, y deberá quedar explicito y patente el carácter publicitario del mensaje. En particular, las comunicaciones publicitarias dirigidas a clientes minoristas". El objetivo por tanto es que la CNMV pueda influir directamente en los mensajes publicitarios relativos a servicios y productos financieros, tanto si se trata de entidades supervisadas como si no.

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El proyecto puntualiza que la rectificación deberá publicitarse en los mismos medios en que fue anunciada y con el mismo alcance. Además, la CNMV podrá sancionar a las entidades que no se sometan a sus advertencias en la publicidad de sus productos. Las nuevas facultades que se concederán al supervisor derivan de la "relevancia que tiene la publicidad a la hora de que el inversor forme, razonadamente, sus decisiones". El boceto de futura circular de la CNMV insiste en que el inversor debe disponer de información suficiente y veraz.

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