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CincoSentidos

Fumar puede dañar seriamente su empresa

Cuando entre en vigor la prohibición de fumar en el trabajo contenida en la futura ley de Prevención del Tabaquismo que el Gobierno tramitará en 2005, más de una empresa recibirá la noticia con desinterés. Muchos empresarios, directivos y empleados continuarán fumando relajadamente en sus despachos y puestos de trabajo. Y un gran número de trabajadores seguirá soportando en silencio el humo del tabaco. En muchas empresas las cosas seguirán más o menos igual. Hasta el día en que una de ellas se enfrente a la primera de las multas que prevé la futura ley.

'Vamos a encontrarnos con situaciones desconocidas hasta ahora. A partir de la entrada en vigor de la ley las empresas que incumplan la norma podrán ser denunciadas por su comité o por cualquier trabajador', señala Ignacio Sampere, socio del bufete Sampere & Asociados. Sampere recuerda que el borrador del anteproyecto de ley impone la prohibición 'total' de fumar en los centros de trabajo y no establece la obligación de crear zonas específicas para fumadores.

El texto considera una infracción grave, sancionada hasta con 10.000 euros, el 'permitir fumar en centros o lugares en los que exista prohibición de fumar', como es el caso de los centros de trabajo. ¿Le parece excesivo? Aún puede ser peor. En caso de que se cometan dos o más infracciones graves en un período de dos años, el castigo puede oscilar entre 10.001 y un millón de euros. No extraña, por tanto, que los bufetes de abogados ya hayan comenzado a recomendar a sus clientes que se tomen la norma muy en serio.

Los expertos aconsejan incluir la prohibición en el régimen disciplinario

'La empresa es la encargada de aplicar la ley y la disciplina en los centros de trabajo. Cuando un empleado de la construcción, por ejemplo, no se pone un casco su empresa puede ser multada, pero los compañeros no van a denunciarle. Cuando entre en vigor la ley y un empleado vulnere la prohibición de fumar, otro puede decidir hacer pública esa situación. Y será la empresa la que pague los platos rotos', advierte Sampere.

La primera de las recomendaciones que deben adoptar las empresas es trasladar la prohibición que impone la ley a su régimen disciplinario, de forma que los trabajadores tengan claro a lo que se exponen si incumplen la normativa. 'Nosotros recomendamos a nuestros clientes que trasladen en lo posible, a través de acuerdos internos, convenios y contratos de trabajo, el régimen sancionador que prevé la ley', señala Ignacio Sampere.

Otra medida aconsejable es incluir esa advertencia en las ofertas de empleo, tal y como recomienda el manual Cómo crear una empresa sin humo que ha editado Ibermutuamur y que fue presentado ayer en Madrid.

Las multas, sin embargo, no son la única amenaza que el humo representará para las compañías cuando entre en vigor la norma. Algunos especialistas legales señalan ya que la ley puede ser la vía por la que comiencen a prosperar en España las demandas por daños a causa del tabaco.

'A partir de el próximo año existirá una ley que dice claramente que fumar está prohibido y que es nocivo. Si una empresa permite fumar y un trabajador sufre un daño derivado de la exposición al tabaco tendrá argumentos legales para presentar una demanda derivada de su relación laboral con la compañía, del mismo modo que puede hacerlo un trabajador que haya sido expuesto al amianto, por ejemplo', explica Sampere. Aunque hay tiempo para tomar medidas, no es conveniente confiarse demasiado. A más tardar, el Gobierno prevé que la ley entre en vigor en 2006.

Razones para una compañía sin humo

'Ya nada será como antes'. Con estas palabras comienza el manual Cómo crear una empresa sin humo, un estudio realizado por expertos de la Unidad de Tabaquismo de la Universidad de Cantabria y de la compañía Ibermutuamur, que fue presentado ayer en Madrid en un acto en el que estuvo presente el director general de Salud Pública, Manuel Oñorbe. La obra, que aconseja a las compañías cómo librarse del humo antes de que entre en vigor la prohibición legal del Gobierno, enumera los beneficios que las empresas pueden obtener al decir no al tabaco.

 

 

 

Disminución de costes. Los perjuicios económicos que el tabaco provoca a las empresas se derivan, en primer lugar, de la pérdida por enfermedad o muerte de su personal capacitado. No es el único motivo. Una mayor prima por seguros de incendios, una limpieza más intensa y una sustitución más frecuente de los equipos electrónicos son algunos de ellos.

 

 

 

Menos absentismo. Ya no es una teoría, sino una realidad comprobada científicamente: los fumadores presentan más riesgo de enfermedades que los no fumadores y, en general, tienen peor salud. No sólo las enfermedades graves, sino también las virales de vías respiratorias como los catarros y una mayor incidencia de depiratorias elevan los niveles de absentismo de este grupo, explica el libro. Los autores citan diversos estudios que cifran hasta en un 14% los días laborales perdidos que son atribuibles a los efectos del tabaco.

 

 

 

Más productividad. La pérdida de productividad que provoca el tabaco no se deriva sólo del absentismo, sino del hecho de que los fumadores (especialmente en cierto tipo de actividad laboral) deben hacer pausas que, en ocasiones, 'pueden ser relativamente frecuentes'.

 

 

 

Mejor imagen. El tabaquismo es una enfermedad y un hábito en retroceso en el mundo desarrollado. Ayudar a ese proceso, señalan los autores, favorecerá cada vez más la imagen de cualquier empresa.

Errores que hay que evitar

falta de apoyoSi la dirección no se involucra, la empresa jamás se verá libre de humos. Cuanto más explícito sea el apoyo de la dirección 'más disminuirán las posibilidades de problemas o desencuentros'.

 

 

 

discriminaciónEs una de las causas que provocan rechazo a los planes contra el tabaquismo en las empresas. Y normalmente se produce cuando las personas que trabajan en zonas individualizadas -principalmente directivos- justifican el consumo de tabaco con la siguiente frase mágica: 'Es mi despacho'.

 

 

 

aviso tardíoNo se puede pretender anunciar en agosto que se impedirá fumar en la empresa y poner en vigor la prohibición el 1 de septiembre. Hay que dar tiempo a los fumadores a asumir el cambio que se va a producir, según se aconseja en el manual de Ibermutuamur.

 

 

 

celdas de castigoLos espacios sin humo no deben ser celdas de castigo. Pero lo cierto es que a menudo estas salas carecen de ventilación y equipamiento.

 

 

 

indisciplinaSi se tolera un incumplimiento de la prohibición de fumar (sea de un directivo o un trabajador) el fracaso está servido.

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