_
_
_
_
_
5d. Guía para el inversor

Cambios en el ahorro anterior a 1996

Tenía que desaparecer y la manera en que se prevé su fin no sólo no es la peor, sino que 'hila fino'. Esta es la opinión general sobre la forma en que el anteproyecto de IRPF suprime el régimen que permite reducir hasta en un 100% las ganancias por vender inversiones anteriores a 1996.

Este sistema estaba ya amenazado de muerte desde que en 1996 se convirtió en un régimen transitorio que ha durado una década. Su fin previsto aspira a respetar los derechos adquiridos de los inversores.

La plusvalía acumulada hasta el 20 de enero de 2006 (día en que el Gobierno dio a conocer la reforma) se sigue beneficiando de la reducción por antigüedad. El resto de ganancia, desde el 20 de enero de 2006 hasta el día de la venta, tributa por entero al 18%.

La venta en 2006

Visto el sistema, la reforma incentiva a vender en 2006 bajo el actual IRPF para así aprovechar la reducción sobre el total de la plusvalía. Pero esto viene a ser casi igual que reducir hasta el 20 de enero. La gran duda y acalorada discusión técnica entre expertos se está centrando en averiguar si incluso las ventas en 2006 podrían estar bajo el nuevo sistema, aunque la reforma entre en vigor en 2007. Es más, se preguntan si un Real Decreto en 2006 podría imponer el fin del régimen transitorio antes de que entre en vigor el cambio.

Para calcular la plusvalía de los inmuebles y acciones no cotizadas al valor de venta se le resta el de compra. El resultado se divide entre los años desde la compra hasta la venta y se obtiene, de modo lineal, la plusvalía anual. Hasta el 20 de enero de 2006 hay reducción y el resto no.

En las acciones cotizadas y fondos de inversión, si el valor de venta es inferior al que fije el Impuesto del Patrimonio de 2005, el cálculo será también lineal. Esto evita que el inversor aflore una pérdida desde el 20 de enero de 2006 hasta la venta.

Pero si el valor de venta de los activos es igual o superior al del Impuesto del Patrimonio de 2005, la plusvalía ya no se obtiene linealmente. Se toma como valor de venta hasta el 20 de enero de 2006 el del Patrimonio y sobre el resultado se aplica la reducción. Para la ganancia desde el 20 de enero hasta la venta, el valor de adquisición será ese valor fiscal.

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Más información

Archivado En

_
_